Una de las mejores definiciones del concepto de evaluación pedagógica, desde nuestro punto de vista, es la realizada por Pérez Juste (1995) "La valoración a partir de criterios y referencias, de la información técnicamente recogida y organizada sobre cuantos factores relevantes integran el proceso de enseñanza-aprendizaje para facilitar la toma de decisiones".
Según esta definición la función esencial de la evaluación es la mejora, por tanto, implica aprendizaje en sí misma.
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| Tonucci |
- La evaluación es un fenómeno moral. Tiene repercusión en las personas por lo tanto, debe haber ética.
- La evaluación debe ser un proceso. Ha de ser contínua y contextualizada.
- Es preciso que sea un proceso participativo. Los evaluados deben formar parte, debatir, discutir el sentido, los criterios, la aplicación...
- La evaluación tiene un componente atributivo. Si un alumno no ha alcanzado los resultados de aprendizaje deseados, se le suele atribuir al aprendiz, pero, ¿es siempre así?
- Debe ser rigurosa. Para ello debe servirse de instrumentos variados, listas de control, registros, entrevistas..
- Su contenido ha de ser globalizador, es decir, el dominio de una destreza, la adquisición de un concepto, la aplicación, etc.
- Requiere de conocimientos sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Debe servir para el aprendizaje.
- Ha de ser un acto colegiado.
- Precisa un análisis y evaluación rigurosa del propio proceso de evaluación: la metaevaluación.

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